Ante declaraciones efectuadas por un concejal oficialista en nota en la edición del domingo próximo pasado publicada en éste medio, las concejales Silvana Barreca, Paola Cano y Katty Altimari, manifestaron que: "las mismas tienden a través de un juego de palabras confundir la opinión pública, por eso, nos vemos en la obligación de efectuar a todos los ciudadanos de Campana las siguientes aclaraciones, siendo desde ya, para nosotras tedioso efectuar un debate técnico legal públicamente:
-En primer lugar, siempre quedo en claro que la ordenanza sancionaba a los padres por la "omisión de su deber de cuidado y vigilancia "que les impone el Código Civil y la Convención Internacional de los Derechos del Niño, y nunca la conducta de los menores de edad. De la simple lectura de los considerandos de la norma surge el espíritu real de la misma. Sin dudas que para interpretar una norma, hay que analizarla en su conjunto, siendo los considerandos parte de la misma y no simple maquillaje o papel margarita decorativo, siendo fundamental en muchos casos para interpretar el espíritu y fundamento de una norma. Al respecto en los considerando claramente se expone : "la responsabilidad del padre no es indirecta, sino que responde directamente, nace como si fuera su propia culpa y deriva de una falta de vigilancia o de una buena educación en el sentido de la formación de hábitos, de los consejos acerca de sus comportamientos en la calle, por ejemplo. En consecuencia, lejos de responder el padre por el hecho de otro, responde personalmente al incurrir en omisión de sus deberes de vigilancia".- Sin perjuicio de lo expuesto, de igual forma llama poderosamente la atención las declaraciones del edil, ya que, este punto ha sido debatido, y mil veces aclarado, en las numerosas reuniones efectuadas , ofreciendo las autoras del proyecto (aún considerándolo innecesario ) con el fin de evitar cualquier confusión, modificar y/o efectuar los agregados que sean necesarios en el articulado, HECHO EFECTUADO .- Más aclaraciones al respecto están de más , solo nos alegra que después de casi dos meses , los ediles hayan entendido el espíritu de la ordenanza.-
-En segundo termino con referencia a la falta de contemplación de medidas de
Prevención en el proyecto , es necesario aclarar que el proyecto en uno de sus artículos refiere " Los fondos recaudados por el Municipio en virtud de los normado por el art. 1 inc. 37 bis a través del Juzgado de Faltas, en concepto de multas, se destinarán a políticas que tiendan a la inclusión de los jóvenes, recreación y prevención de adicciones, fundamentalmente el alcoholismo.-" Asimismo faculta al Juez a aplicar como sanción la realización por parte de los padres de cursos de conciencia educativa ; dando a la norma sin dudas un espíritu protectorio y no recaudatorio . Por lo expuesto resulta errónea la apreciación e interpretación particular efectuada por el edil. Llama la atención que sea precisamente un concejal del oficialismo que este requiriendo públicamente y mediante una ordenanza , medidas de prevención y contención de menores, reconociendo implícitamente la falta de las mismas, ya que, el PODER EJECUTIVO DEBIO IMPLEMENTARLAS HACE RATO . Ahora si lo que se busca es que la oposición mediante ordenanzas marque cuales son las políticas de prevención y contención de menores que se deben poner en marcha, así se hará.
Las medidas sancionatorias y las preventivas no se contraponen por el contrario se complementan, y todas las preventivas que se propongan desde ya, serán apoyadas por estas concejales , pero cabe aclarar que hasta la el día de publicación del presente artículo no se ha sugerido ninguna por parte de esa bancada oficialista., aunque si debemos agradecer la colaboración de otras áreas municipales del ejecutivo, también del juzgado de faltas y la fuerzas policiales-
MAS ACLARACIONES POR AHORA RESULTAN INNECESARIAS, SOLO CONFIAMOS EN LA BUENA VOLUNTAD POR RESOLVER EL PROBLEMA, por ello solicitaremos en los próximos días el llamado a sesión extraordinaria.
Nuevo!












Tip: Seleccione una pestaña de arriba para conocer la última actividad de los espacios de participación.





Es Usuario registrado de LAD? ingrese al sistema: 







