La AFIP dispuso un cambio en el mecanismo de sanciones sobre la utilización de la CUIT, para los contribuyentes que registren incumplimientos de obligaciones con el organismo o inconsistencias económicas y financieras.
El director de la AFIP, Alberto Abad, explicó ayer los alcances de la resolución 3832, que deja sin efecto una normativa de 2012, que le permitía al organismo cancelar la CUIT fiscal y que, por tanto, dejaba al contribuyente sin posibilidad de operar.
Abad señaló que "cuando uno inactiva la CUIT le elimina al contribuyente la posibilidad de operar, y así se lo manda a una morgue tributaria y no se los deja operar ni en la página de la AFIP",
El funcionario explicó que de 412.050 contribuyentes que tenían su CUIT inhabilitada, tras su revisión fueron autorizadas 128.029 y otras 284.021 tienen una activación reducida.
"Antes se producía la muerte comercial y no se podía hacer nada; ahora el organismo no quiere ser tan rígido con el contribuyente y de acuerdo al grado de inconsistencias se limitará el uso de la CUIT" explicó Abad.



