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» Este artículo corresponde a la Edición del viernes, 29/jul/2016 de La Auténtica Defensa.

Las empresas y comercios "en crisis" podrán solicitar una rebaja impositiva




El régimen de eximición, que reemplaza al proyecto de quita presentado para Tenaris Siderca, quedó establecido ayer con la aprobación de las ordenanzas fiscal e impositiva. El beneficio no podrá superar el 20% de descuento mensual de la Tasa de Seguridad e Higiene y deberá renovarse periódicamente. Además se acordó la eliminación del tope a la cantidad de empleados para el cálculo.

Las ordenanzas fiscal e impositiva que se aprobaron ayer incluyeron el régimen de eximición impositiva ante "situaciones de crisis" ideado en la comisión de Presupuesto, Hacienda y Desarrollo Económico, luego de que el proyecto de reducción del 16% en la Tasa de Seguridad e Higiene (TSH) anual de Tenaris Siderca presentado por el Gobierno quedase descartado.

Si bien los textos que terminaron reformando los artículos 7 y 8 de la impositiva habían sido consensuados con anterioridad, causó polémica la eliminación del tope a la cantidad de empleados en el cálculo de TSH. Hasta el momento, Tenaris era la única compañía de la zona en gozar del beneficio de límite en 3300 trabajadores a la hora de liquidar la carga tributaria municipal.

"Estas ordenanzas son un reflejo ideológico de Gobierno: privilegio a los que más tienen, ajusten para los que menos tienen", terminó de decir Soledad Calle (FPV) y de inmediato solicitó una moción para que se votase aparte la supresión del tope que figuraba en el artículo 8.

Inicialmente, el proyecto presentado por el Ejecutivo no contemplaba límite alguno. Incluso la disposición estaba señalada en los considerandos de la norma.

Pero minutos antes de la sesión extraordinaria del HCD que aprobó las preparatorias fiscal e impositiva a principios de julio, el presidente de la bancada oficial, Mariano Raineri, recorrió los bloques legislativos para avisar que, por indicación del Gobierno, el tope se habían reintegrado.

La novedad sorprendió al FPV en plena sesión -según Calle, nadie los había notificado-, por lo que el presidente del HCD, Sergio Roses, indicó que el artículo se votaría por separado, algo que finalmente nunca ocurrió.

Este jueves, para confirmar la quita del tope, la edil solicitó la votación particular del octavo artículo de la impositiva.

"Para despejar cualquier tipo de dudas, acompañamos la moción", repuso Raineri. La eliminación del tope fue votada así por unanimidad.

Por otra parte, para acceder al régimen de eximición tributaria el solicitante deberá demostrar que su negocio está pasando por un escenario difícil. En caso de los comercios que tributan por facturación, certificando una caída de por lo menos un 30% interanual en las ventas; para las industrias que lo hacen en base a su cantidad de empleados, presentando el número de trabajadores suspendidos homologado por el Ministerio de Trabajo de Provincia o Nación.

Si el Municipio convalida la petición y aplica los descuentos, estos no podrán superar jamás el 20% mensual.

Normando Perazzolo, uno de los 18 Mayores Contribuyentes de la asamblea de ayer, tomó la palabra y les dijo a los concejales que los comerciantes "están dispuestos a hacer un esfuerzo", pero por tal motivo a Siderca "no hay que tenerle contemplación".

A partir de ahora, la siderúrgica está en condiciones de pedir una rebaja impositiva, tal como lo están por igual el resto de las empresas y comercios de la ciudad.


LOS PRESIDENTES DE BLOQUE, AYER, EN UN CUARTO INTERMEDIO PARA DEFINIR LA ELIMINACIÓN DEL "TOPE".


LA MODIFICACIÓN PARA EXIMICIONES EN SITUACIÓN DE CRISIS

Luego del conflicto por la quita de un porcentaje de la Tasa de Seguridad e Higiene que debía abonar Tenaris Siderca, el Concejo Deliberante descartó el proyecto de ordenanza presentado originalmente (que marcaba una eximición del 16% para la empresa para este año 2016) y finalmente introdujo el Artículo 8 bis, denominado "Situación en crisis", en la ordenanza impositiva que votó la Asamblea de Mayores Contribuyentes.

El texto del artículo 8 BIS

Exímase parcialmente de la tasa por inspección de Seguridad e Higiene, a todo contribuyente en situación de crisis económica y/o financiera debidamente acreditada y a su solicitud.

A estos efectos el Departamento Ejecutivo podrá dictar el acto administrativo pertinente, en el cual la reducción mencionada no podrá superar el 20% del monto total a abonar, ni exceder de un período fiscal. Dicho acto deberá ser notificado al Honorable Concejo Deliberante dentro de los 7 días de emitido y de corresponder, al Ministerio de Trabajo.

El Departamento Ejecutivo reglamentará dentro de los 90 días de promulgada la presente ordenanza los requisitos para el otorgamiento de la eximición dentro de los siguientes parámetros:

a) Tributación por personal dependiente: Para tomar como base del cálculo el número de dependientes activo, el contribuyente deberá acreditar mediante copia certificada, la situación de crisis y/o acta acuerdo empresa sindicato homologadas ante el Ministerio de Trabajo de la Nación o el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires.

b) Tributación por ingreso bruto: El contribuyente deberá acreditar una reducción del 30% de sus ingresos brutos, y/o de sus indicadores de actividad respecto del ejercicio del año anterior. Previo a su otorgamiento la Secretaría de Economía y Hacienda realizará una fiscalización a tal efecto.


 
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