Atento a los Hechos y Documentación de Legalidad preexistente y visto los valorados informes sobre un declamado " Canje " de estos de estos dos-2- Predios; que son partes de las antiguas tierras del Frigorífico Anglo instalado en la Década 80 del siglo XIX , se incendió en 1924 se cerró en 1927 y trasladado a Dock Sud.
El predio del Estadio del Club surge del Lote " 7, Reserva del Propietario, Zona deportiva" en el Plano 14-62-54 realizado por el Ing. Canal Carlos Alberto y aprobado el 23-IX-54;-- siete días después de la puesta en marcha la Fábrica--; consta como Titular DALMINE SAFTA S A , ese plano mensura y subdivide las fracciones B1 y B8 y Parcelas 358m y 358s de un Plano anterior 14-5-54.
El perímetro territorial de ese plano comprende las calles : Chiclana-solo 3 cuadras Chalets. cerrada hacia el N.; continúan tres por 25 de Mayo hasta Balcarce; una por Balcarce,cerrada hacia el N.;Avda. Mitre; Hoy Jorge Salmini, acceso a fábrica; y Vías F.C.C.A.
De esa subdivisión surge el Barrio DALMINE por año 1956,posteriormente por 1960 el Estadio del Club VILLA DALMINE, decisión de Directivos de la Empresa que puso en evidencia la Mentalidad y Visión Social del Ing. Agostino ROCA -25-05-1895 / 17-02-1978.
De esta somera síntesis se interpreta que el Dominio del Estadio debe ser de la Firma Fábrica, salvo constancia de otra Titularidad.
Por lo tanto se deduce que las Instalaciones del Campo Deportivo y Social del Club como Entidad Civil, para completar su Identidad como tal, surge de una cesión entre Partes.
En relación al predio del MERCADO de FRUTOS por la amplia Documentación existente y Publicaciones en L.A.D. cabe señalar que está ubicada en la margen descendente derecha del 1er. Arroyo de la Cruz a unos x metros de la Ruta 6.
Se debe indicar que ese curso de agua fue cegado-rellenado-desde el Río Paraná hasta cerca del predio del Mercado, para unificar las dos grandes Parcelas de la Fábrica.
Para el escurrimiento de las aguas del 1er. Arroyo se canalizó un Canal interno hacia el 2do. Arroyo de la Pesquería, tal cual consta en copia de plano de la Ciudad que comprende hacia el Oeste a los citados Arroyos. Por este cambio de cursos de las aguas, interpreto que llegar hasta el Mercado de frutos por agua sería muy extenso y gravoso, recorriendo toda la Superficie interna de la Fábrica.
Se interpreta sí debe haber un CANJE, para recibir la Empresa ese predio, no obstante el articulado del Decreto 3044/89y Ordenanza 2587/90 y con pleno conocimiento y normativas de la Provincia; más con la respetuosa compensaciónpara la Municipalidad de otros Predios tanto sobre la costa del Río Paraná y/o en el Ejido Rural, atento a las importantes erogaciones del Municipio por Inmuebles en Locación.
Campana, Septiembre de 2016, Alejandro Cacciabue
D. N. I. 4.711.000



