Las micro y pequeñas empresas encabezan el ritmo de crecimiento de los juicios laborales, según un informe de la Unión de Aseguradoras de Riesgo del Trabajo (Uart). La Tasa de Judicialidad de las firmas de hasta 50 empleados es del 18% superior a la del resto y la velocidad con la que crece y casi las multiplica por dos.
De las 127.000 demanda ya ingresadas a las ART durante el año 2016, 39.805 (es decir el 31,3%) provinieron de trabajadores que se desempeñan en empresas (micro y pequeñas). En el año 2010, dicho sector había generado 15.634 juicios menos de la mitad del año pasado. En los últimos seis años mientras las tasas de judicialidad crecieron 150% para las empresas de menor porte, en las medianas y grandes aumentó algo más de la mitad, 86%.
Por cada 10.000 trabajadores cubiertos, en el segmento de las chicas, se originan 156 demandas al año, mientras que en el resto 132, esto según lo informado mediante un comunicado de Uart.
Si observamos la y cotejamos las series podremos advertir que entre el año 2010 y el año 2016 la tasa de litigios creció de 62 a 154 juicios por cada 10.000 trabajadores cubiertos en la micro y pequeñas, mientras que el numero subió de 71 a 132 en el resto, en el año 2011 fue el año en que ambas curvas si las proyectáramos se han cruzado. Informes que surgen desde las ART, insisten en que este fenómeno se da al mismo tiempo que los accidentes y la cantidad de fallecidos disminuye.
En el mismo período, la tasa de accidentología es este segmento de empresas de hasta 50 trabajadores se redujo en un 6,7% y los fallecidos cayeron 19,4%. También se apunta a que entre el año 2010 y el año 2016 el segmento redujo 10% su participación en la distribución del empleo formal: paso de representar el 31,4%de los trabajadores en el año 2010, al 28,1% en el año 2016. Ante esta situación es preciso analizar el vínculo entre la creciente judicialidad y la destrucción del empleo en general y de empleo registrado en particular.
La diversidad de criterios de interpretación y aplicación de las normas, a lo que podemos añadir el control difuso de la constitucionalidad de aquellas. Cada juez, de primera instancia o de tribunal colegiado, tiene su propia interpretación de la ley, lo que conspira con la certidumbre sobre el resultado de cualquier pleito. Si a esto añadimos que casi cualquier norma puede ser impugnada de inconstitucional, lo que habilita la decisión de cada instancia hasta llegar a la Corte Suprema; obtenemos como resultado que cualquier decisión que debe tomar tanto un trabajador como un empresario tiene un alto condimento de azar, suerte, riesgo jurídico, cualquier decisión se puede tornar irrazonable.
La solución: una corte o consejo constitucional que decida, previo a la promulgación de una ley, si está dictada conforme a la Constitución Nacional, la obligatoriedad de adherir al criterio del Máximo Tribunal y el regreso a la obligatoriedad de los fallos plenarios. De este modo, se evitaría el dispendio de tiempo y recursos de los tribunales inferiores y se fijaría un criterio único y obligatorio, dejando a los jueces de primera instancia su función principal de recolección de pruebas y decisión sobre el caso, con base en una norma de interpretación única y carácter obligatorio. Ello, a su vez, traería aparejada la descompresión de los juzgados. En Febrero pasado se sancionó la Ley 27.348 que dispuso una serie de reformas al Sistema de Riesgos del Trabajo, destinadas a bajar la litigiosidad mediante la unificación de criterios.
Esto comenzará a generar impacto concreto en las diferentes provincias, en tanto se adhieran. En Buenos Aires todavía se es avanzando, aunque muy lentamente. En sus puntos, podemos destacar como los más salientes, el paso previo por Comisiones Médicas (obligatorias), regulación de honorarios de peritos y profesionales, utilización de Tabla de Evaluación de Incapacidad, lo que conocemos como Barómetro, etc.



