Nueve son mujeres. Los encontraron culpables de los delitos de vejaciones, lesiones leves agravadas, incumplimiento de los deberes de funcionario público y falsedad agravada. Fueron juzgados por agredir a una joven que aprehendieron a la salida de un local bailable en noviembre de 2016. Luego confeccionaron con datos falsos el acta de procedimiento policial, pero todo había quedado registrado en cámaras de seguridad.
Nueve mujeres y un hombre, todos oficiales de la Policía Bonaerense que cumplían tareas en la Policía Local de Campana y el Comando de Patrulla local, fueron condenados días atrás a penas que oscilan entre un año y 6 meses y 2 años y 3 meses de prisión en suspenso, inhabilitación por el doble de tiempo de la condena y multas de 5 mil pesos tras ser encontrados culpables de los delitos de vejaciones en concurso con incumplimiento de los deberes de funcionario público y lesiones leves agravadas en concurso real con falsedad ideológica en el marco de un procedimiento en el que fue aprehendida una joven de 22 años.
El proceso judicial, desarrollado en el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 de Zárate-Campana, culminó el pasado 14 de marzo con el veredicto condenatorio del Juez Daniel Rópolo y se encargó de analizar lo sucedido en la madrugada del 12 de noviembre de 2016 en la calle Belgrano, entre avenida Mitre y 9 de Julio, donde la joven fue retenida y agredida violentamente por policías en un accionar que luego fue tergiversado en el acta de procedimiento que se confeccionó a partir de "los datos falsos que aportaron los numerarios".
En ese primer parte policial, se imputaba a la joven por "Resistencia a la autoridad" en el marco de actuaciones que los efectivos desarrollaron pasadas las 6 de la mañana en el local bailable "Lola", ubicado en Av. Mitre y Moreno. Sin embargo, en su defensa como imputada, la víctima denunció el accionar policial y a partir de ello se inició una investigación que tuvo como prueba fundamental y elocuente el registro que una cámara del CIMoPU hizo de lo acontecido en la calle Belgrano, frente al Supermercado Día.
Hasta allí había logrado correr la joven luego que un capitán policial interviniente diera orden de demorarla, según consta en la causa, por increpar a los efectivos en las afueras del boliche "Lola". En cambio, durante el juicio, la joven aseguró que fue perseguida por la Policía porque había grabado "los métodos agresivos policiales para con los concurrentes al bailable".
Una vez interceptada frente al Supermercado Día a las 6.40 horas y según explica el Juez Rópolo en su veredicto a raíz de lo desarrollado en el Juicio, una oficial identificada como Julieta Soledad Albarenque "comenzó a agredir con golpes de puño en el rostro" a la víctima, luego de entregarle su cinturón con su pistola a una compañera, entablando "una pelea callejera a los puños" con la víctima.
Así, la joven cayó sobre su agresora en un momento en el que se encontraban presentes "y contorneando la situación" otras ocho oficiales. Posteriormente, siete de ellas se sumaron y comenzaron a agredir a la víctima "de forma conjunta mediante patadas y golpes con un elemento de uso prohibido, comúnmente denominado ´tonfa´, con la que le ocasionaron lesiones".
Tras la aprehensión de la joven, las oficiales intervinientes y el oficial Adrián Julio Orellana aportaron los datos para la confección del acta de procedimiento, "donde se tergiversan los hechos transcribiendo falsamente que se utilizó la fuerza mínima indispensable, cuando el video de los hechos demuestra lo contrario", remarca Rópolo.
El video del CIMoPU fue exhibido durante el Juicio y su elocuencia no sólo fue marcada por la acusación (a cargo del fiscal Martín Zocca) y admitida por el Juez, sino que llevó al Jefe de la Policía Local de Campana, Comisario Juan Gabriel Gómez, a señalar que el material fílmico "habla por sí solo".
En su fallo, Rópolo remarca además "la coautoría funcional y mancomunada en lo acontecido" y "la posición dominante que (las oficiales) ejercían sobre la víctima: nueve numerarias para detener a una sola persona".
CONDENAS. Culminado el juicio, el Juez Rópolo resolvió condenar a la oficial Julieta Albarenque (24 años al momento del hecho) a la pena de 2 años y 3 meses de prisión en suspenso e inhabilitación por el doble de tiempo; a las oficiales Jacqueline Benavídez (21), Florencia Ruiz (31), María Laura Miño, Gabriela González (28), Karen Mendieta (24), Liliana Bairros Da Cruz (21), Aldana Martínez (23) y Marta Cáceres (25) a 2 años de prisión en suspenso e inhabilitación por el doble de tiempo; y al oficial Adrián Orellana (26), a un año y seis meses de prisión en suspenso e inhabilitación por el doble de tiempo.
Cinco de las numerarias condenadas tienen domicilio en nuestra ciudad, mientras que las restantes son vecinas de Escobar, Matheu y Lavallol.
NUEVE MUJERES POLICÌAS FUERON CONDENADAS EN ESTA CAUSA LOCAL. (IMAGEN ILUSTRATIVA).
CRÌTICAS AL RECLUTAMIENTO POLICIAL
Durante el Juicio, algunos de los abogados defensores apelaron "al poco tiempo" que las oficiales tenían en la fuerza y que por inexperiencia y falta de formación desplegaron las acciones que terminaron condenándolas. En su veredicto, el Juez Rópolo manifestó su desacuerdo con esa apreciación, al tiempo que señaló que "es inadmisible" que "el estado que debe velar por el resguardo de la libertad y patrimonio de los habitantes adopte procedimientos tan laxos para el reclutamiento del personal policial, con campañas que publicitan tener más policías, a fin de que la población se sienta más segura, incorporando a personal que no abraza el conocimiento del respeto de los derechos humanos, produciendo una degradación moral en la sociedad, la de convivir con funcionarios que dispensen tratamiento inhumano en sus funciones, soslayando las más elementales reglas de racionalidad y proporcionalidad en el uso de la fuerza pública".
EXTRACTO DEL FALLO DEL JUEZ ROPOLO EN EL QUE CUESTIONA LAS FORMAS DEL RECLUTAMIENTO DEL PERSONAL POLICIAL.