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» Este artículo corresponde a la Edición del domingo, 29/sep/2019 de La Auténtica Defensa.

Tragedia en la Rocca: condenaron a uno de los arquitectos responsables de la obra




En Juicio Abreviado, Ramiro Mendizábal recibió una pena de 2 años y medio de prisión en suspenso y 7 años de inhabilitación profesional por los hechos ocurridos el 8 de noviembre de 2016, cuando tres trabajadores de la construcción fallecieron al desmoronarse la obra que se realizaba en la principal avenida de la ciudad. El otro arquitecto imputado, Carlos Senestrari, iría a juicio oral el año próximo.

A poco de cumplirse tres años de aquella tragedia ocurrida el 8 de noviembre de 2016 en plena avenida Rocca, el hecho ya tiene un condenado: el arquitecto Ramiro Mendizábal, quien firmó la presentación de los planos en la Municipalidad de Campana como Proyectista y Director de Obra, optó por el proceso de Juicio Abreviado y recibió una pena de 2 años y medio de prisión en suspenso y 7 años de inhabilitación especial para ejercer la profesión de arquitecto.

Además, Mendizábal (con domicilio en la vecina ciudad de Zárate) deberá fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato de Liberados Provincial; mantener ocupación laboral; realizar trabajos no remunerados en favor del Estado o de instituciones de bien público, fuera de sus horarios habituales de trabajo por un total de 300 horas; y realizar cursos de actualización profesional por no menos de 100 horas "a fin de afianzar sus conocimientos técnicos".

El fallo, al que tuvo acceso La Auténtica Defensa, fue emitido el pasado 23 de septiembre y en su sentencia, el juez Mariano Agustín Chausis, titular del Juzgado en lo Correccional N° 2 de la Departamental Zárate-Campana, encuentra a Mendizábal "coautor penalmente responsable de los delitos de Triple Homicidio Culposo y Estrago Culposo en concurso ideal".

El otro arquitecto imputado, Carlos Senestrari, desistió de avanzar con el Juicio Abreviado, por lo que su proceso judicial continuaría ahora en el Tribunal Oral en lo Criminal y derivaría en un Juicio Oral que podría llegar a realizarse el año próximo.

Los hechos ocurrieron el 8 de noviembre de 2016 en un lote ubicado en Av. Rocca 176, entre Güemes y Becerra, donde se estaba desarrollando una obra de construcción de una galería comercial, cuya ejecución estaba a cargo de la empresa ISM Ingeniería y Desarrollos SRL, bajo la dirección de los arquitectos Mendizábal y Senestrari (socios de Eduardo Isola), mientras que como encargado se encontraba Emidgio Leiva.

Aquella tarde, alrededor de las 15.25 horas, cedió el encofrado de la losa que se estaba rellenando desde la mañana temprano (se habían descargado 110 de los 140 metros cúbicos estimados) y, a consecuencia de ello, aplastados por maderas, hierros y cemento fresco, perdieron la vida Miguel Colarte (30), Ramón Alberto Chamorro (50) y Francisco Paulo Leiva Benítez (62), obreros de nacionalidad paraguaya quienes, según los testimonios, "eran los encargados de controlar los encofrados".

En el fallo (de acuerdo al acta inicial, los testimonios, la pericia planimétrica y los informes de los peritos) se asegura que "queda claro que la falla y el hundimiento se habría producido en el sector ubicado entre la primera y la tercera columna, comenzando a contar desde el frente de la obra, provocando la caída ´en cascada´ de las demás, originando el derrumbe total de la losa".

Para el juez, "encontrándose en posición de garante y teniendo a su cargo el cálculo técnico y dirección de la obra, (Mendizabal) omitió tomar los recaudos necesarios para evitar el resultado no querido; habiéndose acreditado que la causa inmediata del derrumbe de la losa fue la deficiente construcción y colocación de los elementos que actuaron como sostén de la misma".

A su vez, explica que "la posición de garante (de Mendizabal) emerge de las diligencias realizadas ante Obras Particulares de la Municipalidad de Campana", donde "las rubrica al igual que los planos de construcción como "Proyectista y Director", circunstancia que lo torna legalmente responsable a cargo de la obra".

Luego señala que "Mendizábal, pese a su calidad de Director de la obra, no dirigió el modo de construcción de los soportes y no controló si los mismos podía resistir el peso del concreto; actividad ésta que le hubiera permitido suspender el hormigonado de la losa y así evitar el dañoso evento".

Entonces, para el Dr. Chausis, el imputado incurrió en "un accionar omisivo y negligente y con inobservancia del Reglamento para la Industria de la Construcción" y, a pesar de tener "los conocimientos técnicos y profesionales en el arte de la construcción, desatendió los deberes a su cargo".


Miguel Colarte, Ramón A. Chamorro y Francisco P. Leiva Benítez perdieron la vida 8 de noviembre de 2016 por la tarde. uno de los arquitectos fue condenado el pasado 23 de septiembre.


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