El sector de exportación de servicios (profesionales, transaccionales) es uno de los más dinámicos de Argentina en los últimos años, en materia de generación de divisas y de generación de empleo genuino, formal y en blanco. Este es solo uno de los sectores que opera bajo el denominado esquema de "teletrabajo", y que ha crecido y prosperado en tiempo reciente con el mérito de hacerlo en el contexto de una economía que no se ha caracterizado por su dinamismo. Pero el teletrabajo no es sólo exportación de servicios (como los call centers, o los centros de servicios compartidos), sino cualquier trabajo que se pueda hacer en forma remota, generalmente los trabajos administrativos, de diseño, venta y/o asesoramiento, por ejemplo. En general, muy extendido en el mundo, ha sido muy común en empresas internacionales.
Así el teletrabajo no es nuevo, lo nuevo es que en este contexto de aislamiento social se ha extendido y ha alcanzado nuevos sectores que en Argentina no alcanzaba, desde las Pymes hasta los distintos niveles del Estado. La modalidad no solo genera trabajo (en blanco) y divisas (siempre escasas para el país), promueve la competitividad (se requiere menos espacio de oficina, bajando los costos fijos y semifijos, como los alquileres) sino también presenta beneficios sociales que se vinculan con el medio ambiente (menor consumo de combustible, uso del transporte público, etc.). En muchos casos, además, esta modalidad es una elección del empleado. Y sobre todo con los niveles de tipo de cambio actuales es uno de los sectores más competitivos internacionalmente y, por tanto, uno de los más atractivos para la inversión extranjera.
En este contexto, la nueva ley de teletrabajo, tratada y aprobada en tan corto tiempo, sin consenso con los principales actores del sector, es un símbolo de la pulsión argentina a destruir lo que funciona. Además de la falta de consenso, es difícil de justificar la oportunidad: en plena pandemia, con record de desempleo, está claro que (de mínima) no se trata de una ley que busque fomentar un aumento en la oferta de trabajo. Entre los puntos más cuestionados está la reversibilidad (la posibilidad que otorga al trabajador de volver a ser presencial en cualquier momento de la relación, lo que requiere afrontar los costos de tener puestos vacíos por si el trabajador lo requiere en el futuro), y el derecho a la desconexión digital sin flexibilidad horaria (lo que incluso es una demanda de los propios empleados, y una forma para que las empresas retengan talento). Pero fundamentalmente, la ley presenta una orientación que parte de la incomprensión de la lógica de las tendencias centrales del mundo del trabajo y las generaciones actuales: la cultura que privilegia el trabajo por objetivo y la posibilidad de que cada trabajador maneje sus propios horarios.
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