La Plata, La Dirección Provincial de Rentas informó ayer que el 1º de abril se pondrán en marcha planes de pago "flexibles" para que los deudores de los impuestos Inmobiliario, Automotor e Ingresos Brutos regularicen su situación con el fisco. La medida incluye a todas las deudas anteriores al 31 de diciembre de 2002, incluidos los planes caducos.
Los planes no contemplarán intereses de financiación y se otorgará un descuento del 15% por pago contado en pesos, patacones o lecop (con la opción de pagarlo en 3 veces). En los casos en que se opte por pagar en mayor cantidad de cuotas, se brindará una bonificación del 10% de descuento por buen cumplimiento.
En el caso del Impuesto Inmobiliario se ha contemplado la situación del contribuyente para posibilitarle el ingreso a los planes. Los denominados 'planes sociales' comprenden a las viviendas únicas de ocupación permanente cuya valuación fiscal sea inferior o igual a 60.000 pesos y ofrece dos posibilidades de acceso, en las que los contribuyentes pueden optar por regularizar el total o parte de la deuda.
En el caso de las viviendas con valuación menor a 44.000 pesos el plan incluye los últimos cinco períodos impagos, mientras que la deuda anterior -si bien debe ser reconocida por el contribuyente- solamente será exigible por Rentas a partir de febrero de 2004.
En este caso, la deuda por los cinco períodos se podrá abonar en hasta 8 cuotas, que no se deben superponer con el mes de vencimiento del impuesto corriente. Si el contribuyente opta por pagar en hasta 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, tendrá que regularizar el total de la deuda.
Cuanto antes se ingrese a los planes descriptos, menores serán los intereses por mora que los contribuyentes deberán abonar. Para las deudas de 2000 a 2002 inclusive, si se accede antes del 25 de abril de 2003 se pagará un interés por mora del 2,4 % anual no acumulativo. Si se ingresa antes del 30 de junio, el interés será del 3,6 % anual no acumulativo y si se lo hace antes del 30 de septiembre, un 4,8 % anual no acumulativo.
El interés por mora para las deudas anteriores a 1999 inclusive será del 6% anual no acumulativo.
También para el impuesto a los automotores hay planes: para aquellos vehículos con valuación fiscal inferior a 5.000 pesos, que podrán regularizar su situación abonando el 5% de la deuda al contado, y el saldo en hasta 12 cuotas, con una cuota mínima de 20 pesos.
El otro plan abarca a los demás vehículos con deuda y podrán ponerse al día abonando el 5 % de la deuda al contado y el saldo en hasta 6 cuotas. Los intereses por mora también se calcularán al 2 % mensual acumulativo (excepto el período julio-noviembre de 2002 que es del 4%).
Para mayores consultas, los contribuyentes pueden dirigirse a los distritos de Rentas más próximos a su domicilio, llamar gratuitamente al 0800-999-736827, escribir un e-mail al 0800-dpr@ec.gba-.gov.ar o visitar el sitio www.ec.gba.gov.ar



