Buenos Aires (especial de NA por Martín Hermida) -- La confirmación de la presencia del presidente norteamericano, George Bush, en Mar del Plata para participar el mes próximo de la Cumbre de las Américas reavivó la polémica no sólo por el tenor que tendrá el documento final de ese encuentro, sino también sobre la seguridad, y en especial sobre la posibilidad de que, ante una emergencia, algún avión "sospechoso" pudiera ser derribado, aún sin contar con una norma a tal efecto.
¿Sería viable un "derribo" de esas características en la Argentina, que no cuenta con una ley para esos casos, como sí pasa, por ejemplo, en Brasil? Para el Gobierno, ante una hipótesis como esa, no haría falta ningún instrumento legal más, salvo la vigente Ley de Defensa, y el hecho estaría justificado precisamente en la necesidad de "salvar vidas" y cuidar la seguridad de los presidentes que estarán en Mar del Plata.
Una fuente del Gobierno señaló a NA: "No es que se va a salir a derribar aviones así nomás. Pero si una nave que no tendría que estar volando, no tiene identificación y aparece en el espacio aéreo de Mar del Plata durante la Cumbre, se la va a identificar, se le va a poner un avión al lado, y si ‘encara’ hacia donde están los Presidentes, se la va a ‘bajar’. ¿Qué vamos a esperar?".
Desde la Cancillería y desde otros Ministerios, trataron de bajarle un poco el tono a la polémica, teniendo en cuenta que justo esta semana se anunció formalmente desde los Estados Unidos la venida de Bush (incluso se destacó que se reunirá en privado con Kirchner).
Pero desde algunos despachos estratégicos, como el del jefe de Gabinete, Alberto Fernández, se insistió en la posibilidad del polémico "derribo": "Si aparece un avión con clara vocación de irrumpir en la Cumbre con un fin belicoso, habré que defenderse", dijo el funcionario.
Hay países de la región, como Brasil, que tienen una ley de "derribo", donde se especifican claramente los pasos a seguir. Pero hay que tener en cuenta un "pequeño" detalle: allí está "radarizado" (es decir controlado con radares) el 95 por ciento del espacio aéreo.
En Paraguay, por ejemplo, se controla por radar el 50 por ciento del espacio aéreo, en Chile el 75 por ciento, y en Uruguay el 90 por ciento. ¿Argentina? Aquí no se llega al 10 por ciento del total del espacio aéreo del país.
Aquí, desde el año pasado está circulando por las Comisiones de Defensa, Seguridad Interior y Narcotráfico del Senado un proyecto del justicialista Jorge Capitanich que plantea darle un marco al control, seguimiento y hasta "derribo" de aviones "ilegales" en territorio nacional. En el Ministerio de Defensa se esfuerzan por aclarar que eso no tiene "nada que ver" con la Cumbre. En ese proyecto de ley, al que accedió NA, se destaca que para tener dimensión de esta situación se puso en funcionamiento un radar "a tiempo parcial" en el aeropuerto de Resistencia operado por la RANE (Región Aérea Nordeste), durante tres meses por espacio de seis horas diarias y seis días en la semana.
¿Qué ocurrió en ese período? El radar detectó (sólo en esas franjas horarias y en esos tres meses) un total de 215 vuelos "de carácter irregular" (es decir sin plan de vuelo y sin identificación) y se han identificado "operaciones en pistas clandestinas, con matrículas falsas y con un tráfico de mercancías de contrabando, marihuana, cocaína y otros bienes no especificados", según se señaló.
En el texto se subrayó que "cada cargamento de un vuelo irregular puede transportar hasta 210 kilogramos de diferentes bienes, inclusive de armas que hasta pueden ser efectivamente misiles en el marco de operaciones clandestinas de tráfico de armas en zonas calientes de frontera".
Cuando funcionó ese radar (cubriendo una zona que incluyó a las provincias de Chaco y Misiones), con cada uno de esos vuelos "irregulares" se actuó de la siguiente manera: un avión "Pucará" de la Fuerza Aérea hacía contacto radial y se le ponía a la par a la aeronave para que aterrizara.
¿El resultado? Según señalaron hombres que participaron de esa experiencia, los pilotos de esas máquinas "no daban la menor bolilla" y seguían con su itinerario como si nada hubiera pasado.
Dentro del capítulo cuarto del proyecto de ley, se señala que aquella aeronave "sospechosa" o al menos sin un plan de vuelo "podrá ser detenida por autoridades aeronáuticas o fuerzas de seguridad" en determinados casos, como por ejemplo "por volar en el espacio aéreo argentino con infracción de las convenciones internacionales o de las autorizaciones para tal fin" o "por desconocer en el espacio aéreo argentino la obligatoriedad de aterrizaje en aeropuerto internacional".
También, "por examen de documentación indispensable y certificados exigibles, por verificación de su carga y por las restricciones existentes en la materia" y "por averiguación de ilícito".
Se señala además que "la autoridad de aplicación podrá emplear los medios que juzgue necesarios para obligar a la aeronave a efectuar el aterrizaje en el aeródromo que fue indicado, caso contrario, agotados los medios coercitivos legalmente previstos, la aeronave será clasificada como hostil estando sujeta a una medida de destrucción con la autorización por parte del Presidente de la República o autoridad por él elegada, quien responderá por sus actos conforme a la Constitución Nacional y las leyes".



