En la Sesión del Honorable Concejo Deliberante a través del Concejal Sindicalista Ezequiel Tellería, el Sindicato de F.E.M.P.I.N.R.A. puso en conocimiento a este Cuerpo de la difícil situación que atraviesan los trabajadores de la empresa Euroamérica.
Los mismos expresan lo siguiente: Hugo Marcelo Davila y Oscar Lango, en nuestro carácter de Delegados Regionales de la Federación Marítima Portuaria y de la Industria Naval de la República Argentina (Fe.M.P.I.N.R.A.) por el Sindicato de Guincheros y Maquinistas de grúas móviles (SGyMGM) y por el Sindicato Encargados y Apuntadores Marítimos y Afines de la República Argentina (SEAMARA) respectivamente y Gustavo Venturi en mi carácter de Delegado Obrero Guinchero de la Empresa EUROAMERICA S.A., al Señor Presidente nos presentamos y respetuosamente decimos.
I. Que venimos por la presente a poner en conocimiento del Honorable Concejo Deliberante de esta Ciudad, la grave situación que atraviesan los trabajadores que se desempeñan en la Terminal Portuaria EUROAMERICA S.A., tanto dependiendo en forma directa como a través de empresas tercerizadas, todo con el objetivo de su tratamiento por ante este Órgano y, así lograr una solución alternativa al problema que detallamos.
II.En primer término, comunicamos a Ud. lo cual ya es de público y notorio, que la mencionada empresa y la FEMPINRA y sus gremios de base adheridos nos encontramos amparados por una Conciliación Obligatoria dispuesta por la Disposición Nº 100 emitida por la Dra. Mercedes Gadea, Jefe del Departamento Nº 1 de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la cual ya ha agotado todos los plazos legales y nos encontramos actualmente y, a partir de la audiencia celebrada en fecha 04/10/06 intimadas ambas partes a mantener los alcances y efectos de la conciliación obligatoria ya mencionada por el término de diez (10) días más.
III. El hecho desencadenante del conflicto colectivo ha sido el no otorgamiento del incremenio salarial del 19 % acordado y homologado y que debe beneficiar a todos los trabajadores portuarios de los puertos privados en todo el ámbito de la Nación y, que todas las empresas adheridas a la Cámara han observado con excepción de la empresa EUROAMERICA S.A.
IV. Cabe destacar que la empresa ha quebrado la conciliación obligatoria mencionada supra cuando dejó de abonar el salario a sus trabajadores correspondiente al día en el cual se efectivizó una medida de acción directa, así como también procedió a descontar de los haberes la hora por cada turno de trabajo cuando el personal realizaba las legítimas asambleas durante el conflicto colectivo desatado. Es decir, que la empresa no sólo ha motivado el conflicto señalado por incumplimiento del CCT 431/05 y el Acta Acuerdo Salarial que otorga un incremento del 19 % sobre los salarios vigentes y que ha sido homologada por el MTEySS ambos celebrados entre la FEMPINRA y la Cámara de Puertos Privados Comerciales -entidad a la cual se encuentra asociada la empresa, sino que también ha desoído a la Autoridad de Aplicación rompiendo así la conciliación por ella dispuesta.
V. En honor a la brevedad, solicitamos al Sr. Presidente ponga su mayor atención en el tema planteado, así como también peticionamos el mismo sea tratado en forma urgente debido a que más de 600 trabajadores y sus familias se encuentran en riesgo de perder su única fuente de ingreso.



