La UDB Campana informó a este medio que por decreto 3.116/06, se ha modificado el artículo 71 de la ley de Jubilaciones vigente en la provincia de Buenos Aires, estableciéndose la jubilación automática para los docentes bonaerenses, decreto que entrará en vigencia el 1º de Diciembre para docentes que se jubilan por cese,. Incluye también a docentes privados y a los que hayan iniciado su trámite .esta modificación del mencionado artículo permite al Instituto de Previsión Social (IPS) otorgar jubilación transitoria, sistema que permitirá al docente que en el término aproximado de 60 días de haber cesado, percibir su primer haber jubilatorio sin que medie necesidad de solicitar el anticipo jubilatorio del 60% que impide la percepción de la retribución especial.
El decreto lleva la firma del Gobernador Felipe Solá y del Ministro de Trabajo Roberto Moulleron.



