En la última sesión del Concejo Deliberante de nuestra ciudad, el bloque de concejales de la Unión Cívica Radical presentó distintos proyectos.
El Dr. Alberto Deppeler se refirió a la situación de colapso del tránsito vehicular, solicitando medidas para mejorar la situación. El proyecto presentado dice lo siguiente: visto: La situación de colapso en el tránsito vehicular de la Ciudad de Campana; y considerando que se producen infracciones a la Ley de Tránsito que son de extrema peligrosidad;
Que dichas faltas graves se producen cada vez con mayor asiduidad, siendo cada vez más habitual observar vehículos que circulan marcha atrás, en violación al artículo 121, inciso 47, del Anexo I, Decreto 40/07, inclusive trasponiendo bocacalles en ese sentido de marcha, y/o doblando de esa manera en las esquinas;q ue también se advierte la existencia de vehículos estacionados en la mitad de la calzada, en infracción al inciso 38 de la norma citada, sin que exista ninguna situación de emergencia, y existiendo lugares disponibles para estacionar correctamente, lo cual torna aún más incomprensible tal accionar; que asimismo resulta cada vez más frecuente que motocicletas y ciclomotores, circulen sobre las veredas, muchos de ellos a excesiva velocidad y acelerando, incumpliendo lo dispuesto por el inciso 19 del artículo 121 del Código de Tránsito, y poniendo en grave riesgo la integridad física de los peatones; que han sido tan tolerados estas graves infracciones, que los conductores reaccionan fuertemente cuando algún peatón les recrimina su accionar temerario; que es responsabilidad del Departamento Ejecutivo Municipal, controlar y evitar tan graves infracciones; que las mencionadas, entre otras, resultan faltas de tal gravedad, que merecen especial atención por parte de los funcionarios referidos; que las mismas ponen en riesgo la integridad física y hasta la vida de los habitantes; que la Municipalidad debe ejercer el poder de policía que le compete, en resguardo de la vida de los vecinos, y los funcionarios cumplir con los deberes inherentes a sus cargos; y que otra parte puede resultar, de su incumplimiento, responsabilidad civil y penal para los mismos;
Que resulta evidente para la población, que en muchas ocasiones, se le asignan tareas al personal de tránsito, que no resultan las más adecuadas para prevenir; sino que por el contrario son ubicados en lugares para intervenir, recién luego de cometida una falta de tránsito; y de ya producida la situación de riesgo, que pudieron haber evitado; por ello el Bloque de Concejales de la Unión Civica Radical, solicita a este Honorable Cuerpo apruebe la siguiente comunicación:
Artículo 1º.- Se requiere del Señor Intendente Municipal, proceda a dar instrucciones a los funcionarios del Area de Tránsito, para que ubiquen a los respectivos agentes en lugares que permitan prevenir las infracciones y los accidentes.-
Artículo 2º.- Que asimismo, se efectúe especial instrucción para prevenir y evitar la circulación de los vehículos en marcha atrás; como asimismo el estacionamiento en la mitad de la calzada; y también la circulación de motos y ciclomotores sobre las veredas (Artículo 121, inciso 47, 38 y 19, Anexo I, Decreto 40/07 de la Provincia de Buenos Aires).-
Artículo 3º.- Se afecte la cantidad necesaria, para el cumplimiento de tal tarea, de personal municipal.-
Artículo 4º.- Se destinen vehículos municipales, a los efectos de recorrer permanentemente todas las calles de la Ciudad, a los fines mencionados.-
Artículo 5º.- De forma.-
El Dr. Deppeler también presentó una propuesta para que se instale en nuestra ciudad un centro de Documentación Rapido, que permita tramitar el DNI en un plazo de 15 días hábiles, tal como ya existe en otros lugares de la provincia; visto l a necesidad de contar con Documento Nacional de Identidad; y considerando que los trámites para obtener y/o renovar documentos habitualmente son de prolongada duración; que se ha implementado en la Ciudad de La Plata, un Centro de Documentación Rápida, con equipamiento digital que permite obtener el Documento Nacional de Identidad, en un plazo de quince días hábiles; que se instalan centro similares en otros lugares de la Provincia de Buenos Aires; que resultaría de utilidad para los ciudadanos de Campana contar con dicho servicio en nuestra Ciudad; por ello el Bloque de Concejales de la Unión Civica Radical, solicita a este Honorable Cuerpo apruebe la siguiente resolución.
Artículo 1º.- Se requiere de las Direcciones de Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires y de la Nación que se implemente, en la Ciudad de Campana, un Centro de Documentación Rápida.-
Artículo 2º.- Se solicita al Señor Intendente Municipal de Campana, efectúe los trámites que resulten necesarios, ante los organismos referidos a los efectos aludidos.-
Artículo 3º.- Remítase copia de la presente Resolución a los Registros Nacional y Provincial y al Departamento Ejecutivo Municipal.-
Artículo 4º.- De forma.-
Por ultimo, los concejales radicales también solicitaron informes sobre lo actuado en el Hospital San José con respecto a las víctimas del accidente de tránsito ocurrido el jueves 17 en la intersección de Coletta y Saavedra, y el posterior fallecimiento de una de ellas, luego de ser dada de alta en el Hospital, tal como fuera informado por este medio. El proyecto en cuestión solicita también se remita copia certificada de la documentación pertinente al Concejo Deliberante, y se tomen los recaudos para preservar dicha documentación, tanto la de carácter médico como la administrativa, que pudiera resultar relevante para aclarar el hecho. El texto del Pedido de informes es el siguiente. Visto "El accidente ocurrido el día jueves 17 de mayo en la intersección de las calles Coletta y Saavedra de nuestra ciudad, protagonizado por una unidad de transporte público local y una automóvil particular; y considerando que, como consecuencia del mismo, dos de los ocupantes del automóvil particular, personas de edad relativamente avanzada, sufrieron graves heridas, permaneciendo internados en el Hospital San José, mientras que una tercera ocupante fue dada de alta horas después del accidente; que de acuerdo a lo informado por medios de prensa locales, ésta última víctima falleció pocos días después, aparentemente como consecuencia de lesiones sufridas en el mismo y que no fueron debidamente atendidas en el Hospital con posterioridad al accidente; que ante la posibilidad de que en este hecho exista responsabilidad por parte de personal del hospital municipal, resulta imprescindible que, en forma urgente, este Honorable Cuerpo tome conocimiento de los hechos acaecidos, personal que intervino, estudios que se realizaron a la víctima, diagnóstico y evaluación profesional que explique en qué condiciones y con qué fundamentos esta paciente fue dada de alta, existiendo riesgos de graves complicaciones (que, de hecho, derivaron en su fallecimiento), así como de los recaudos que se hayan tomado con objeto de garantizar la disponibilidad de la historia clínica respectiva y de toda otra documentación que permita, ya sea judicial o administrativamente, aclarar toda duda al respecto y determinar eventuales responsabilidades; por ello: El Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical, solicita a este Honorable Cuerpo apruebe el siguiente pedido de informes.
Artículo 1º.- Solicitase al Sr. Intendente Municipal, a través de la Secretaría que corresponda, informe a este Honorable Cuerpo sobre las actuaciones llevadas a cabo en relación con el fallecimiento de la paciente atendida a consecuencia del accidente de tránsito ocurrido el día jueves 17 de mayo en intersección de las calles Coletta y Saavedra, y que fuera dada de alta horas después; remitiendo asimismo en forma urgente copia certificada de toda la documentación pertinente.-
Artículo 2º.- Solicitase asimismo, informe a este Cuerpo, que recaudos se han tomado a fin de garantizar que toda documentación relacionada con el caso, ya sea medica o administrativa, sea correctamente preservada y se encuentre disponible al momento en que sea requerida por familiares, funcionarios o autoridades judiciales que oportunamente se propongan esclarecer las circunstancias que determinaron el fallecimiento de la víctima.-
Artículo 3º.- De forma.-



