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» Este artículo corresponde a la Edición del jueves, 20/sep/2007 de La Auténtica Defensa.

Secretaría de Gobierno
Comercios nocturnos deberán colocar fragmentos de la Constitución Nacional en sus locales




De acuerdo a una serie de inquietudes transmitidas recientemente por parte de la Asociación Derechos Humanos, la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Campana informa a la comunidad que se han modificado las leyes nacionales 24782 y 25608, las cuales declaran la obligatoriedad de exhibir en el ingreso a los locales bailables, de recreación, salas de espectáculos, bares, restaurantes u otros de acceso público, en forma clara y visible el texto del art. 16 de la Constitución Nacional, junto con el de la ley.

El mencionado artículo incluido en la Carta Magna expresa " La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas".

El cumplimiento de lo expresado por la ley será controlado en nuestra Ciudad por agentes de la Dirección Integral de Inspecciones, con el fin de abortar cualquier tipo de acción discriminatoria o xenofóbica.


 
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