A través de un comunicado de prensa, en el día de ayer, el bloque Frente por Campana informó sobre una presentación que realizó ante el Defensor del Pueblo de la Nación. Eduardo Mondino.
"La afectación permanente de los derechos de los usuarios del transporte público de pasajeros efectuados por la empresa Nueva Metropol SATACI ha llevado al bloque de concejales de la oposición a elevar reclamo ante el Defensor del Pueblo de la Nación, para que este intervenga en la correspondiente defensa", asegura el comunicado.
"Atentos a que el Art. 42 de La Constitución Nacional que establece: " Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elecciones, de trato equitativo y digno.
Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, el control de los monopolios naturales y legales, al de calidad y eficiencia en los servicios públicos y a la constitución de asociación de consumidores y usuarios. . ."
Los abusos de esta empresa se vienen repitiendo sistemáticamente desde hace ya más de un año, es hora que se reclame con firmeza los derechos de los usuarios".
"Las movilizaciones de estos surten el efecto inmediato de rebajas tarifarias a los precios realmente autorizados, pero luego se vuelve a repetir como burla a las disposiciones vigentes".
"Desde un comienzo y hasta hoy el transporte público de pasajeros a sido subsidiado por el Estado. Es evidente que el sistema no ha demostrado mejoras.
Se supone que el aumento tarifario se debe ver reflejado en inversiones de infraestructura y calidad de servicio, y esto no es así.
El Estado no puede sustraerse de su responsabilidad, sin dudas el Art. 75, inc. 22 de nuestra Constitución Nacional refleja con mayor claridad la incorporación de la solidaridad como valor fundamental, es decir que pasó de ser un valor declamativo de la ética para convertirse en un valor operativo del derecho.
Todas las menciones que se hacen en el Art. 42 "Derechos de consumidores y usuarios" apuntalan a la presencia del Estado para evitar desigualdades y para mantener el equilibrio en las prestaciones del servicio público..
El Estado debe lograr el equilibrio indispensable para el goce pleno y no menoscabo de ese derecho por parte de todos los habitantes del país.
No debemos dejar de señalar que la función del Estado es remover obstáculos para que los ciudadanos puedan ejercer sus derechos fundamentales, y no ser ese una de las causas que impidan su ejercicio.
Es deber de El Ejecutivo Municipal tomar cartas en el asunto, porque así lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y esperamos que se llegue a cumplir con el mandato que no es otra cosa que representar al ciudadano.
Esto es valido para todos los servicios, como Energía Eléctrica, Aguas, Cloacas, Telefonía, y transporte publico de pasajeros local. El frente por Campana, en cumplimiento de su deber, seguirá trabajando en acatamiento del compromiso adquirido con sus vecinos; acompañará todo reclamo de estos, y controlará que sus derechos sean respetados".



