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domingo, 28/sep/2025 - 05:30
 
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» Este artículo corresponde a la Edición del jueves, 31/ene/2008 de La Auténtica Defensa.

Dr. Pedro Orquiguil:
"Por cuestiones legales debimos depositar los aportes de los afiliados en una cuenta especial"
El Secretario Jefe de Gabinete Municipal aclaró los dichos vertidos en la nota realizada al Secretario General del Sindicato de Trabajadores Municipales, en donde se manifestaba que "El Municipio de Campana hace dos meses que no realiza los depósitos del aporte de los afiliados".






 El Dr. Orquiguil en diálogo con este medio.

En diálogo con el Dr. Pedro Orquiguil, Secretario Jefe de Gabinete de la Municipalidad de Campana, lo consultamos respecto a versiones aparecidas ayer en la bajada de nota realizada a Carlos Barrichi, Secretario General del Sindicato de Trabajadores Municipales, las cuales aseguraban que el Municipio no realizaba los depósitos correspondientes al aporte de los afiliados.

Respecto a este tema, el funcionario manifestó "el Art. 51 de la Ley 11757, reconoce a la Federación Sindical de Trabajadores Municipales de Buenos Aires y a los sindicatos a ella afiliados como únicos representantes sindicales de los trabajadores municipales bonaerenses. Por esta razón, y si bien se contrapone con la Ley Nacional 23351,y a mi entender con lo que enmarca la Constitución Nacional, al no haberse expedido el Poder Judicial respecto a la constitucionalidad del Art. 51, el Honorable Tribunal de Cuentas en casos similares resolvió que los municipios debían depositar en cuentas especiales dichos aportes, y que la Federación de Sindicatos Municipales Bonaerenses (FESIMUBO) debía resolver el problema planteado en el seno de la Justicia".

No obstante ello, el Dr. Orquiguil señaló "estamos realizando todos los contactos con los municipios que han tenido el mismo inconveniente, y elevamos la consulta a través de un expediente municipal, el Nº 4016-39044/07, al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires".

Finalmente, el Secretario Jefe de Gabinete agregó que "tenemos buena predisposición para solucionar rápidamente el conflicto planteado, pero en este caso escapa a nuestras posibilidades la resolución judicial del mismo".


 
P U B L I C I D A D






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