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» Este artículo corresponde a la Edición del viernes, 04/jul/2003 de La Auténtica Defensa.

PRINCIPIO DE SOLUCION PARA QUIENES DEBAN PATENTES: 
RENTAS NO PODRA COBRAR PATENTES A QUIENES HAGAN LA DENUNCIA IMPOSITIVA DE VENTA





Susana Emonet concejal P.J.

La dirección Provincial de Rentas, Delegación Campana, respondió a un Pedido de informes efectuado por la Concejal Justicialista, Susana Emonet, y que se generó como consecuencia de las reiteradas consultas de dos vecinos que vienen recibiendo intimaciones por deudas de patentes de vehículos que vendieron hace tiempo.

Los contribuyentes intimados, aludirán haber realizado la pertinente denuncia de venta en el Registro del Automotor.

A partir del mes de abril del cte. año, este problema tendría solución. El artículo 192º bis del Código Fiscal Provincial, establece que los titulares de dominio podrán limitar su responsabilidad tributaria efectuando la Denuncia Impositiva de Venta ante la Dirección de Rentas.

"No solo deberá efectuar la denuncia de venta ante el Registro del Automotor quien venda un auto, sino también ante la Dirección de Rentas¨, nos decía la Concejal Emonet "La primera, limita la responsabilidad civil o sea la posibilidad de que el vendedor sea demandado por un posterior juicio de accidente, la segunda, lo cubre respecto de las deudas de patentes que puedan originarse a posteriori de la venta".

Existen una serie de requisitos y un formulario especial (R - 045) que los vecinos pueden solicitar en la Dirección de Rentas, sita en Belgrano y Jean Jaures.


 
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