"Desde la Secretaría de Desarrollo Humano, a cargo de Andrea García, se continúa trabajando de manera articulada e intensamente en el asesoramiento al tema de discapacidad y la tramitación de pensiones de discapacidad, vejez y madre de 7 hijos", manifestó el Lic. Luciano Villarruel, Subdirector de Discapacidad de la Municipalidad de Campana
Las Pensiones No Contributivas son las que no requieren de aportes para su otorgamiento, y comprende tres grupos: Vejez, Invalidez, Madres de 7 o más hijos; Pensiones Graciables; Comprendidas en Leyes Especiales.
"Las pensiones a la Vejez, por Invalidez y por Madres de 7 o más hijos son un derecho que tienen aquellas personas que se encuentren en estado de vulnerabilidad social sin amparo previsional o no contributivo, que no posean bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia y que no tengan parientes obligados legalmente a proporcionarles alimentos o que, teniéndolos se encuentren impedidos para poder hacerlo", reflexionó el Lic. Villarruel.
Según el Lic. Villarruel, "las pensiones graciables son aquellas que se otorgan por medio del Congreso de la Nación de acuerdo a lo establecido en Ley Nº 13.337 y por la Ley de Presupuesto General de la Nación que la otorgó. Las funciones de la Comisión Nacional de Pensiones son las de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley de otorgamiento y su posterior liquidación".
Además, se destacó el marco regulatorio de dichas pensiones:
Vejez: se regula por la Ley Nº 13.478 y su Decreto Reglamentario Nº 582/03.Invalidez: se regula mediante Ley Nº 18.910, Decreto Reglamentario Nº 432/97.
Madres de 7 o más hijos: se regula por la Ley Nº 23.746, Decreto Reglamentario Nº 2360/90.
Para cualquier consulta, aquellos interesados deberán dirigirse a la Secretaria de Desarrollo Humano, en la Subdirección de Discapacidad, calle Jacob 820. o bien contactarse al teléfono (03489)-407203 y 40-7217.



