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» Este artículo corresponde a la Edición del miércoles, 26/ene/2011 de La Auténtica Defensa.

Anses informa
La pensión por fallecimiento de un beneficiario podrá gestionarse a través de internet




ANSES informa que todos aquellos familiares de jubilados fallecidos podrán tramitar la Pensión Derivada mediante la web. Al momento de la solicitud, deberán acreditarse los datos personales del jubilado, el parentesco que poseen con el mismo y su fecha de defunción.

Los familiares habilitados para cobrar esta prestación son el viudo/a del beneficiario fallecido (cónyuge o concubino/a previsional) y sus hijo/as solteros que no hayan cumplido los 18 años y que carezcan de otro beneficio.

Para tramitar la solicitud y para más información acerca de la pensión, podrán acceder al sitio web de ANSES: www.anses.gov.ar .

Asimismo, ANSES recuerda que hoy, 26 de enero, cobran aquellos jubilados y pensionados cuyos haberes superan la suma de $1.186 y sus documentos finalizan en 2 y 3 y los beneficiarios de la Prestación por Desempleo -PLAN 1- cuyos documentos terminan en 2 y 3. El 27 de enero cobran los mismos jubilados cuyos documentos concluyen en 4 y 5 y mismos de la Prestación por Desempleo cuyos documentos finalizan en 4 y 5.


 
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