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» Este artículo corresponde a la Edición del martes, 26/jul/2011 de La Auténtica Defensa.

Aprobación del Código de Planeamiento Urbano y Ambiental:
Conciencia Ciudadana Campana adelantó su intención de recurrir a la Justicia




Tras la aprobación en el Honorable Concejo Deliberante del proyecto de Código de Planeamiento Urbano y Ambiental de Campana, consultamos la opinión de las autoridades de la ONG Conciencia Ciudadana Campana al respecto, quienes asistieron a la Sesión del pasado 14 de Julio.-

Nos explico su presidente, el Dr. Lautaro Rios, que "estamos esperando la promulgación por parte del Departamento Ejecutivo para estudiar la posibilidad de plantear ante la Suprema Corte de Justicia Bonaerense la inconstitucionalidad de la ordenanza que aprobó el Código de Planeamiento Urbano y Ambiental por considerar que no se agotaron las instancias participativas que obligatoriamente impone la Ley 25675, además de incluir modificaciones a indicadores urbanísticos que implican un retroceso en los niveles de protección ambiental".-

Detallo el Dr. Rios que "la Ley General del Ambiente, que es de orden público y de presupuestos mínimos, es decir, aplicable en todo el país, jerarquiza al ordenamiento ambiental del territorio como el primer instrumento de la política ambiental nacional, y como tal, "deberá considerar la concertación de intereses de los distintos sectores de la sociedad entre sí, y de éstos con la administración pública."

"Es tan relevante la participación ciudadana en materia ambiental que la Ley le dedica además los artículos 20 y 21, donde obliga a los poderes del estado, entre los que se encuentran el Departamento Ejecutivo y el Departamento Deliberativo comunal, a "institucionalizar procedimientos de consultas o audiencias públicas como instancias obligatorias para la autorización de aquellas actividades que puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente", enfatizando que "La participación ciudadana deberá asegurarse, principalmente, en los …. planes y programas de ordenamiento ambiental del territorio, en particular, en las etapas de planificación y evaluación de resultados."

"En el caso del Código recientemente aprobado, verificamos la absoluta falta de intervención del COFEMA , así como que se haya asegurado la participación de la ciudadanía en las etapas de planificación y evaluación de resultados, ya que en la elaboración del proyecto, según surge del mismo, solo habrían participado algunas de las entidades que integran la Agencia de Desarrollo de Campana, a quienes se califico de "actores significativos", excluyéndose la posibilidad de participar a otras entidades o a vecinos comunes interesados en la cuestión. Ese vicio de origen se mantuvo aun en la etapa de tratamiento en el Concejo Deliberante, ya que a pesar de las reuniones informales convocadas por su Presidente, no se logró siquiera acordar una metodología de abordaje, de hecho hoy el Código se encuentra aprobado con supuestas modificaciones al proyecto original, las cuales nunca fueron conocidas por la ciudadanía de manera previa. Estamos convencidos que la omisión de la audiencia pública previa a la aprobación del Código lo nulifica de manera absoluta e insanable."

"Por otra parte, mas allá de que resulta una decisión eminentemente política, la absoluta arbitrariedad en la determinación de zonas y usos del suelo, sin seguir los criterios o pautas fijados en el art. 10 de la Ley General del Ambiente, habilitan la revisión judicial de la norma y su posible declaración de inconstitucionalidad."

"Tampoco es un dato menor el hecho de que se han modificado indicadores urbanísticos que tienen un claro propósito protectorio del ambiente urbano, disminuyéndose sus niveles de intensidad, lo cual implica una clara y manifiesta violación al principio de progresividad normado por el art. 3 de la Ley."

Mas allá de que se valoró positivamente la aprobación unánime por los Concejales como muestra del supuesto entendimiento político entre oficialismo y oposición, a nuestro criterio ello no implica ningún merito cuando el resultado se traduce en un flagrante apartamiento de la ley, y mas allá de las instancias penales que evaluaremos iniciar, siendo el presente un año electoral, instamos como siempre a nuestros vecinos a analizar muy seriamente a quien coloca en la responsabilidad de representar sus intereses en los cargos electivos." concluyo el Dr. Rios.


 
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