Se trata de los responsables de varios prostíbulos de la zona allanados en 2004 a raíz de una denuncia sobre la presencia de menores paraguayas que eran prostituidas. Finalmente solo pudo comprobarse un solo caso por el que fueron condenados a poco más de cinco años. Igualmente no irán presos.
Dos sujetos fueron condenados por el Tribunal en lo Criminal nº1 del Departamento Judicial Zárate-Campana presidido por la doctora Gladys Mabel Cardozo e integrado por la doctora Ángeles María Andreini y el doctor Guillermo Miguel Guehenneuf, por prostituir a una menor.
Los dos sujetos, que la justicia identificó solo con sus iniciales -S.G.L. y R.E.M- fueron condenados a "la pena de cinco años y ocho meses de prisión más las accesorias legales, y al pago de las costas del proceso, como coautores penalmente responsables del delito de facilitación de la prostitución de una menor de edad, hecho ocurrido durante los meses de junio y julio de 2004, en la localidad de Zárate".
"Se impone a los enjuiciados, hasta tanto este pronunciamiento condenatorio quede firme, la obligación de comparecer a la sede de este tribunal una vez cada quince días y la prohibición de salir del país sin la autorización de este órgano jurisdiccional", aseguró el fallo.
También la resolución de tribunal ordenó decomisar una serie de armas de fuego que habían sido secuestradas en los allanamientos: "Decomísense la pistola calibre 9 mm, marca ´Pietro Beretta´, modelo ´FS 92´, nº de serie F 05270 Z, la pistola calibre. 22 largo rifle, marca ´Tala´, nº de serie 534, el revólver calibre. 22 corto, marca ´Pasper SRL´, modelo ´Bagual´, número de serie 287232, el revólver marca "Italo Gra", calibre. 32, nº 2449, la munición y demás efectos balísticos incautados en autos para su posterior destrucción.
"Procédase al desglose de los instrumentos evidentemente adulterados presentados en autos por la defensa y, previo fotocopiado y certificación de las copias por Secretaría para su incorporación a estas actuaciones, pónganse a disposición del Ministerio Público Fiscal los originales de dicha documentación para la iniciación de una investigación por estos hechos. Devuélvase a la Fiscalía, asimismo, el oficio del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto con la documentación adjunta -Oficio del Ministerio Público de la República del Paraguay, acta de inscripción de nacimiento y certificado del acta de nacimiento", asegurá el fallo en su punto IV haciendo referencia a documentos falsificados que fueron secuestrados en poder algunas de las mujeres que eran traídas desde Paraguay para ejercer la prostitución en la zona.
El fiscal del Juicio fue el Dr. José Luis Castaño, mientras que como defensor de los imputados actuó el abogado Franco Di Lallo.
Una investigación y muchas dudas
La condena a los proxenetas se produjo a raíz de una causa iniciada en 2004 por el Juez a cargo del Tribunal de Menores Departamental, Dr. Darío Arturo Porta -causa nº 23.300- donde se allanaron la mayoría de los prostíbulos de Campana y Zárate, en su mayoría todos pertenecientes a los dos condenados. En ellos según una denuncia había menores de nacionalidad paraguaya que ejercían la prostitución y que incluso eran "mantenidas como esclavas", algo que finalmente no comprobó.
Solo una de las mujeres que fueron encontradas en los boliches "La Rosadita", "El Country" y "La Rocka" se pudo comprobar que era menor de edad. Se trataba de una menor de 17 años, quien aseguró que había sido traída al país con un documento falso.



