Buenos Aires, (NA)- Quienes viajen a otro país y necesiten comprar dólares deberán informar a la AFIP el tipo de paquete turístico que contrató, en qué moneda se concertó el pago, en cuántas cuotas y el CUIT del operador turístico, entre otros datos, según una resolución que entró ayer en vigencia.
De esta manera, el Gobierno nacional oficializó su decisión de establecer un régimen de información adicional sobre las personas que necesiten moneda extranjera para viajar al exterior.
Lo hizo a través de una resolución publicada este lunes en el Boletín Oficial y que apunta a incrementar el número de exigencias para poder adquirir dólares.
El nuevo sistema fue puesto en vigencia con la resolución 3333 del titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, en medio de la profundización de las trabas para la adquisición de dólares en el mercado cambiario, lo que disparó la cotización del billete en el paralelo hasta un 30 por ciento más que el oficial.
"Los sujetos residentes en el país que demanden la adquisición de moneda extranjera para atender gastos en concepto de viajes al exterior por razones de salud, estudios, congresos, conferencias, gestiones comerciales, deportes, actividades culturales, actividades científicas y/o turismo, deberán cumplir previamente con el régimen de información que se establece" con la resolución.



