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» Este artículo corresponde a la Edición del domingo, 26/ago/2012 de La Auténtica Defensa.

Correo de Lectores:
"Me considero víctima de la empresa Telecom"
Por Dra. Vilma Mariel Sarasola




Sr. Director:

ME CONSIDERO VICTIMA DE LA EMPRESA TELECOM

El día 30 de diciembre del año 2011 solicité el cambio de domicilio de la línea telefónica de la cual soy titular. Desde esa fecha llamé en innumerables oportunidades al Centro de Atención Comercial (112); en cada llamada obtenía un número de reclamo y la promesa de que en 72 hs. se estarían comunicando para acordar el traslado. Desconozco el motivo del incumplimiento que me genera una gran impotencia, la que se agrava aún más por el hecho de no contar con un medio eficaz para realizar los reclamos; la única alternativa es ir a un telecentro, llamar al número mencionado, esperar un buen rato y muchas veces no lograr la comunicación, o, en el mejor de los casos lograrla pero sin obtener solución alguna. La inexistencia de una oficina instalada a tal efecto, reemplazada por el sistema de telegestión, no nos permite a los usuarios obtener constancias de los reclamos, obstáculo para acceder a una instancia judicial, todo ello en flagrante violación a la Ley de Defensa de los Derechos del Consumidor (ley 24240) modificada por ley 26.361 en el año 2007, la que establece que todos los servicios públicos deben contar con oficinas de atención al cliente.

Por otra parte manifiesto mi agradecimiento a la DIRECCION DE INFORMACION AL CONSUMIDOR DE NUESTRA CIUDAD por la excelente predisposición para atender mi reclamo; a través de la misma fui citada a tres audiencias a las que acudieron tres personas en representación de la empresa; en las dos primeras dichos representantes no ofrecieron solución alguna, solicitaron un cuarto intermedio por lo que se fijaron nuevas audiencias; en la tercera el representante vuelve a solicitar un cuarto intermedio que es rechazado por el Director de la OMIC otorgando un plazo de 10 días bajo apercibimiento de proseguir las actuaciones en el marco de las leyes mencionadas. Debido al trastorno que me produce la falta de teléfono fijo para ejercer mi profesión, evidenciando por parte de la empresa la falta de voluntad concreta de una solución extrajudicial considero la necesidad de iniciar acción judicial por daños y perjuicios.

Dra. Vilma Mariel Sarasola

DNI Nº 20612359

Alberti 563 Dpto A


 
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