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» Este artículo corresponde a la Edición del domingo, 16/nov/2003 de La Auténtica Defensa.

16 de noviembre: 
Día Internacional de la Tolerancia  
Por Nancy González




 

En entregas anteriores he planteado la relativa validez de los días impuestos por decreto. Días que nos dicen cuando debemos recordar a amigos, familia, niños, la paz, el medioambiente y la lista sigue... ¡sí ahora, hasta día del beso tenemos!. Pero, más allá de su trasfondo comercial en algunos casos, político en otros y bien intencionado en ocasiones, quizás debemos rescatar que sea cual fuere la razón, nos da la excusa para tratar el tema.

Hoy, 16 de noviembre es el ¨Día Internacional de la Tolerancia!¨, según declarara desde 1995, por iniciativa de la UNESCO, la Asamblea General de las Naciones Unidas.

En la Declaración de Principios sobre la Tolerancia - firmada y declarada el 16 de noviembre del año antes mencionado - se define en el artículo 1 qué es la tolerancia, tal como se transcribe a continuación:

¨1.1 La tolerancia consiste en el respeto, la aceptación y el aprecio de la rica diversidad de las culturas de nuestro mundo, de nuestras formas de expresión y medios de ser humanos. La fomentan el conocimiento, la actitud de apertura, la comunicación y la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. La tolerancia consiste en la armonía en la diferencia. No sólo es un deber moral, sino además una exigencia política y jurídica. La tolerancia, la virtud que hace posible la paz, contribuye a sustituir la cultura de guerra por la cultura de paz.

1.2 Tolerancia no es lo mismo que concesión, condescendencia o indulgencia. Ante todo, la tolerancia es una actitud activa de reconocimiento de los derechos humanos universales y las libertades fundamentales de los demás. En ningún caso puede utilizarse para justificar el quebrantamiento de estos valores fundamentales. La tolerancia han de practicarla los individuos, los grupos y los Estados.

1.3 La tolerancia es la responsabilidad que sustenta los derechos humanos, el pluralismo (comprendido el pluralismo cultural), la democracia y el Estado de derecho. Supone el rechazo del dogmatismo y del absolutismo y afirma las normas establecidas por los instrumentos internacionales relativos a los derechos humanos.

1.4 Conforme al respeto de los derechos humanos, practicar la tolerancia no significa tolerar la injusticia social ni renunciar a las convicciones personales o atemperarlas. Significa que toda persona es libre de adherirse a sus propias convicciones y acepta que los demás se adhieran a las suyas. Significa aceptar el hecho de que los seres humanos, naturalmente caracterizados por la diversidad de su aspecto, su situación, su forma de expresarse, su comportamiento y sus valores, tienen derecho a vivir en paz y a ser como son. También significa que uno no ha de imponer sus opiniones a los demás.¨

Es mi deseo que esta declaración se haga carne en nuestro pensamientos y se trasmitan en conductas que favorezcan una convivencia digna, caracterizada por el respeto y la solidaridad.

La calidad de vida se mide también en este ser social que esgrime a diario hechos cotidianos. Ese mismo ser social que pretendemos de los otros y solemos olvidar en nosotros mismos.

nanalmendra@hotmail.com


 
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