En 1984, año que para muchos ya es historia antigua del siglo pasado, el reglamento de edificación de Campana, como lo conocimos los incipientes profesionales de la construcción de ese momento, cumplía exactamente 30 años. De su impresión original, en aquella época, solo quedaba una versión en papel, que era atesorada firmemente en un cajón de la Dirección de obras particulares, bajo el dominio personal del Director de Obras. Aunque parezca inaudito, ese no era tiempo de computadoras personales.
Recuerdo que las consultas a ese papiro eran casi herméticas y el libro se guardaba en un folio de plástico ya casi desarmado y con su color amarillento. En ese reglamento y por la lógica de la evolución técnica, había elementos de construcción que aún no se habían homologado. Por ejemplo, el bloque portante, que ya hacía años se utilizaba en el mercado de la construcción, y que por aquellos tiempos era de veinte centímetros de ancho por veinte centímetros de alto y cuarenta de largo, en contraposición al actual bloque de treinta y tres centímetros.
Recuerdo que me tocó a mí, hacer desde mi función de Director General de Planeamiento y Obras, la ordenanza reconociendo la aplicación de los "nuevos" bloque como mampostería portante. Para ello tuvimos que mantener algunas reuniones con funcionarios del Instituto Nacional de Tecnología Industrial, (INTI) que tenían ya en su haber, varios estudios técnicos que le adjudicaban las certificaciones portantes, y aislantes requeridas.
En fin, lo cierto que el citado Reglamento estuvo vigente con sus faltantes y deficiencias durante muchos años más. Hace unos años ya quizás más de 20 se hizo una actualización de dicho reglamento que nuevamente ha quedado desactualizado en varios aspectos de la evolución tecnológica. Hoy ya forman parte del lenguaje constructivo común casi como cualquier sistema tradicional los sistemas identificados como "construcción en seco". Estos sistemas tienen una larga data de investigación en el país y los profesionales de la construcción recordarán el INCOSE, una institución, que según sus siglas identificaba al Instituto de Construcción en Seco, fundada en 1993, y donde se publicaban periódicamente los permisos y las certificaciones técnicas de distintos sistemas aprobados para la construcción en condiciones de seguridad y habitabilidad, además de brindar las capacitaciones a profesionales en la aplicación y utilización de estos sistemas.
Así como el insoportable cartón ruberoid, aquella cartulina embebida en asfalto que se colocaba como barrera en las cubiertas de tejas, dejó lentamente su lugar a las fibras tramadas sintéticas, como el ya conocido Tyvek de Dupont, los sistemas de tramas resistentes de madera o perfiles metálicos, identificados como "Wood Frame" o "Steel Frame" (por esta pasión que tenemos con las terminologías importadas), ya forman parte de una manera de construir que podría decirse probada y lentamente en camino de convertirse en la nueva "tradicionalidad".
Lo cierto es que, a la luz de estos cambios en la construcción, o la aparición acelerada por la pandemia de las sistematizaciones en los registros de contratación profesional, los códigos QR y todas las otras yerbas sistemáticas, de la cibernética que nos va fagocitando, es que mucho de lo que consta en nuestros reglamentos se va desactualizando a pasos agigantados. Y es aquí donde nos tenemos que volver a replantear la necesidad de revisar las reglamentaciones, y en algunos puntos, parafraseando al dicho popular, "barajar y dar de nuevo".
Hace unos meses que vengo motorizando el análisis de la normativa vigente en la construcción y en esta instancia, estamos avanzando para realizar las reuniones técnicas pertinentes para analizar en conjunto con los profesionales locales las adecuaciones que resultan importantes para la evolución de esta legislación local.
La reglamentación de la construcción es un pacto de gestión, un documento para regular la actividad, pero también un instrumento movilizador. Así como la reforma del Código de Planeamiento urbano, con sus adecuaciones moviliza la utilización del suelo y permite la ocupación según otros indicadores y criterios más alentadores para la inversión privada, la reglamentación de la construcción habilita nuevas tecnologías y establece nuevos mecanismos más dinámicos de presentación de documentación técnica, y establece nuevos pactos entre la actividad privada y la gestión de contralor público.
Estoy convencido que es necesario interpretar que estas adecuaciones deberán ser más frecuentes en virtud de la propia dinámica que la tecnología nos va imponiendo. En la película "Con Honores", un clásico donde Joe Pesci hace de vagabundo, en una circunstancial clase de Harvard, deja en ridículo a un profesor al responder un interrogante que ningún alumno logra descifrar. El profesor pregunta a la clase ¿Cuál es la esencia, el "numen" o la cualidad más importante de la Constitución? Salvando las distancias finalmente cualquier reglamentación que establece un pacto entre quienes deben controlar y quienes deben respetar a normativa le cabe más o menos este mismo ejemplo. La respuesta del vagabundo, es que quien escribe la reglamentación ha asumido que los tiempos son dinámicos, y que lo que hoy se ha considerado valido puede invalidarse en el curso de la historia, y finalmente habrá de exigir cambios que se adecuen a las nuevas circunstancias.
La condición esencial esta precisamente en la temporalidad y la dinámica de adecuación a nuevas exigencias o nuevos escenarios. Asi estamos hoy en la cuestión reglamentaria de la construcción precisamente, en el momento de redefinir esos contenidos.
Arq. Jorge Bader - Matrícula CAPBA 4015



